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Yo segun tengo entendido el plazo legal para reclamar una factura de operadores de telefonia por disconformidad con la misma es de 30 dias.
Extraido de usuarios teleco.org (Ministerio de Asuntos Economicos y Transformación Digital)
"No estoy de acuerdo con la factura de mi operador de telefonía móvil pero ya la he pagado, ¿qué puedo hacer?
El abonado puede presentar reclamación a su operador si existe disconformidad en la facturación independientemente de si está pagada o no. El plazo para presentar reclamación ante el operador es de un mes a partir del conocimiento del hecho que la motive, es decir, en una factura será la fecha de emisión de la misma. El operador está obligado a facilitar un número de referencia de dicha reclamación para que se pueda hacer un seguimiento de la incidencia. El plazo que el operador tiene para resolver es de un mes desde la presentación de la queja. Si la resolución es favorable al abonado, operador le abonará la cantidad que se le haya facturado indebidamente."
Agradezco la informacion, ahora bien, que el operador te diga que tienes razon que fue error suyo y que tenias que haber pagado menos, pero que ''se siente'' por el tiempo transcurrido es una absoluta verguenza.
Asimismo, la informacion que me proporcionas dice El plazo para presentar reclamación ante el operador es de un mes a partir del conocimiento del hecho que la motive, es decir, que la fecha clave no es el hecho si no el conocimiento del hecho, esto es, que si yo me doy cuenta de la facturacion a los 3 o 4 meses, podria reclamar igualmente y estaria dentro de plazo.
En cualquier caso la operadora que me ha atendido esta tarde, no me ha dado la posibildiad de rectificar ni siquiera el mes de agosto o julio que no han pasado un mes aun desde la emision de la factura a lo que hay que añadir que la simpatiquisima operadora me ha dicho que no se puede hacer en cualquier caso porque he cambiado de tarifa.
Haber si lo de la imposibilidad de reclamar por cambio de tarifa tambien lo encuentras, porque me suena a ciencia ficcion.
saludos.
Por cierto lo que has facilitado que habla del plazo de un mes para interponer la reclamacion, proviene de lo que era el articulo 104 delReal Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas. que decia asi: ''Los abonados deben formular sus quejas o reclamaciones en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que las motive. Formulada la reclamación, si el abonado no hubiera obtenido respuesta satisfactoria del operador en el plazo de un mes, podrá acudir a las vías indicadas en los apartados siguientes.''
Dicho precepto ya no se aplica ni esta en vigor al haber sido derogado expresamente por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo
Hola, yo quiero poner reclamación desde marzo pero no me facilitan la hoja de reclamación, donde puedo obtenerla?
Gracias
La hoja de reclamaciones es para establecimientos fisicos
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No se que tipo de normas tendran en el foro que inpida llamar a las cosas por su nombre
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